Marco Normativo y Obligaciones del Empresario
La prevención de riesgos laborales está regulada a diferentes niveles, desde normas internacionales como los convenios de la OIT y las directivas de la UE, hasta la legislación nacional española. La Constitución Española establece en su artículo 40.2 que los poderes públicos deben velar por la seguridad e higiene de los trabajadores, mientras que la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales constituye la base de toda la normativa específica.
Los empresarios tienen numerosas obligaciones en materia preventiva. Deben planificar la prevención estableciendo qué hacer, cómo y con qué recursos. También están obligados a evaluar los riesgos laborales de forma inicial y periódica, analizando cada puesto según su probabilidad y severidad. Además, deben proporcionar equipos de trabajo seguros y Equipos de Protección Individual (EPIs) gratuitos con marcado CE, adaptados a cada trabajador y puesto.
Otra obligación fundamental es elaborar un plan de emergencia que analice posibles situaciones de riesgo y establezca medidas de actuación. Cuando exista un riesgo grave e inminente, el empresario debe informar a los trabajadores y permitirles interrumpir su actividad si es necesario, pudiendo incluso el empresario o el representante paralizar totalmente el trabajo.
💡 ¡Recuerda! Los EPIs deben ser gratuitos, adecuados, con marcado CE, adaptados ergonómicamente y de uso personal. El empresario nunca puede cobrarlos ni pedirte que compartas equipos de protección con otros trabajadores.






