Sociedades Civiles y Mercantiles
Esta sección aborda las características de las sociedades civiles y introduce el concepto de sociedad mercantil.
La Sociedad Civil se define como:
Definition: Un contrato por el que dos o más personas ponen en común dinero, bienes o industria, con ánimo de repartir ganancias.
Características de la Sociedad Civil:
- Normativa: Regulada por el Código de Comercio y el Código Civil.
- Capital mínimo: No requiere.
- Número de socios: Mínimo 2, pueden ser capitalistas o industriales.
- Personalidad: Jurídica si se inscribe en el Registro Mercantil.
- Responsabilidad: Ilimitada frente a deudas con terceros.
- Razón social: Cualquier nombre + SCP o Sociedad Civil.
- Régimen fiscal: Desde 2016, Impuesto sobre Sociedades si tienen objeto mercantil.
Highlight: Las sociedades civiles con objeto mercantil tributan en el Impuesto sobre Sociedades desde 2016, lo que supuso un cambio significativo en su tratamiento fiscal.
La Sociedad Mercantil se introduce como:
Definition: Una unión de personas que ponen un fondo patrimonial común para explotar una empresa y obtener beneficios que se reparten.
Las sociedades mercantiles se formalizan mediante escritura pública e inscripción en el Registro Mercantil.
Se menciona específicamente la Sociedad Colectiva como ejemplo de sociedad personalista:
- Regulada por el Código de Comercio.
- No requiere capital mínimo.
- Mínimo 2 socios, que pueden ser industriales (aportan trabajo) o capitalistas.
Vocabulary: En una sociedad personalista, la gestión corresponde a los socios y se tienen en cuenta sus características personales más que el capital aportado.
Esta clasificación de tipos de sociedades empresariales proporciona una base para entender las diferentes opciones disponibles al establecer un negocio en España.